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Mejorar 04

Auditoría de gestión

Evaluamos con independencia si su organización utiliza sus recursos con economía, eficiencia y eficacia, y le proponemos mejoras concretas en procesos, control interno y control presupuestario.

ÁreaMejorar
ÁmbitoToda España
MarcoLAC · encargo a medida
FirmaROAC n.º S1604
En resumenLa auditoría de gestión analiza cómo se gestiona una organización: sus procesos, su control interno, su gobierno y su control presupuestario, y no solo sus cifras contables. No es una auditoría de cuentas sujeta a la Ley 22/2015, por lo que su informe no da una opinión sobre la imagen fiel (art. 2 del RLAC). Es útil en etapas de crecimiento, reorganización o sucesión, o antes de buscar financiación. En fundaciones, asociaciones y colegios profesionales sirve como diagnóstico de la gestión y de los riesgos de sus órganos de gobierno.

Revisado por el equipo de auditores de Controlaudit · Sociedad inscrita en el ROAC n.º S1604 · Actualizado el 13/10/2026

En qué consiste

La auditoría de gestión es una herramienta para evaluar el desempeño global de una organización más allá de su información financiera. Analiza si los recursos se usan de forma eficiente, eficaz y económica y si los procesos internos están alineados con la estrategia y los objetivos. Para ello revisa los procesos operativos, el control interno, la organización, la toma de decisiones y los indicadores de rendimiento.

No se trata de verificar cifras contables, sino de valorar cómo se gestiona la entidad y cómo puede funcionar mejor. Nuestro equipo analiza sus procesos y define flujos de trabajo más eficaces. Aplicamos un enfoque de mejora continua: revisión periódica de las operaciones, reducción de costes de oportunidad y racionalización. El resultado son recomendaciones prácticas y aplicables para mejorar la productividad, reforzar los controles, optimizar costes y apoyar a la dirección en sus decisiones estratégicas.

En las entidades sin ánimo de lucro y las corporaciones de derecho público, los órganos de gobierno responden de la gestión de la institución. Para ellas elaboramos un informe de diagnóstico de gestión que evalúa cinco áreas:

  • Gestión económico-financiera.
  • Transparencia.
  • Cumplimiento de la legalidad.
  • Protección de datos.
  • Sistemas de información.

Como no es una auditoría de cuentas, el informe no puede presentarse como un informe de auditoría (art. 2.5 RLAC).

Para quién es

  • Empresas en crecimiento o en reorganización que necesitan ordenar procesos, responsabilidades y controles.
  • Empresas familiares en plena sucesión, que quieren una visión independiente de la capacidad de gestión antes del relevo.
  • Empresas que preparan la entrada de inversores o la solicitud de financiación y quieren demostrar una gestión sólida.
  • Fundaciones y asociaciones cuyo patronato o junta directiva quiere conocer el estado real de la gestión y reducir sus riesgos.
  • Colegios profesionales y otras corporaciones de derecho público con obligaciones de transparencia y una memoria anual que publicar.
  • Direcciones que quieren implantar un sistema de control presupuestario y seguir las desviaciones.

Ninguna norma general obliga a hacer una auditoría de gestión, pero el diagnóstico comprueba obligaciones legales concretas de cada tipo de entidad.

  • Colegios profesionales: el art. 11 de la Ley 2/1974 les obliga a elaborar una memoria anual con su gestión económica y a publicarla en su web en el primer semestre de cada año.
  • Transparencia: la Ley 19/2013 se aplica a las corporaciones de derecho público en sus actividades sujetas al Derecho administrativo y a las entidades privadas que reciben ciertas cuantías de ayudas públicas.
  • Fundaciones y asociaciones: la Ley 50/2002 y la Ley Orgánica 1/2002 fijan sus obligaciones contables y de rendición de cuentas.

En cada entidad se revisa también la normativa autonómica de fundaciones, asociaciones y transparencia que le sea aplicable.

Análisis de incompatibilidades. Si Controlaudit es auditor de cuentas de la entidad, antes de aceptar el encargo analizamos si es compatible con nuestra independencia. La Ley 22/2015 considera incompatibles, salvo excepciones, dos tipos de servicios (art. 16.1.b) LAC):

  • La auditoría interna (art. 16.1.b).3.º LAC).
  • El diseño y la puesta en práctica de procedimientos de control interno relacionados con la información financiera (art. 16.1.b).5.º LAC).

Esos servicios solo pueden prestarse si la entidad asume la responsabilidad del sistema de control interno y así consta en el contrato (arts. 49 y 51 RLAC).

SupuestoNormaQué implica
Colegios profesionalesArt. 11 Ley 2/1974Memoria anual con la gestión económica, el desglose de gastos de personal, las retribuciones de la Junta de Gobierno, las cuotas y las quejas. Debe publicarse en la web en el primer semestre
Corporaciones de derecho públicoArt. 2.1.e) Ley 19/2013Obligaciones de transparencia en sus actividades sujetas al Derecho administrativo
Entidades privadas con ayudas públicasArt. 3.b) Ley 19/2013Publicidad activa si en un año reciben más de 100.000 € en ayudas, o si estas suponen al menos el 40 % de sus ingresos con un mínimo de 5.000 €
Fundaciones de competencia estatalArt. 25 Ley 50/2002Aprobación de las cuentas en seis meses, presentación al Protectorado en diez días hábiles y plan de actuación en los últimos tres meses del ejercicio. Auditoría obligatoria si se superan dos de tres límites: 2.400.000 € de activo, 2.400.000 € de ingresos y 50 trabajadores
AsociacionesArt. 14 LO 1/2002Contabilidad que muestre la imagen fiel, inventario de bienes, libro de actas y aprobación anual de las cuentas por la asamblea general
Protección de datosRGPD y LO 3/2018Se revisa el grado de cumplimiento como parte del diagnóstico
Entidades a las que también auditamos las cuentasArt. 16.1.b).3.º y 5.º LAC; arts. 49 y 51 RLACAnálisis previo de incompatibilidades: la entidad debe asumir la responsabilidad del control interno

Qué incluye

Entidades sin ánimo de lucro

Diagnóstico de gestión para fundaciones y asociaciones. Cubre la gestión económico-financiera, la transparencia, el cumplimiento legal, la protección de datos, los sistemas de información, los órganos de gobierno y la estrategia. Identificamos fortalezas y debilidades y proponemos mejoras.

Colegios profesionales

Diagnóstico adaptado a las corporaciones de derecho público: memoria anual, transparencia, gestión de cuotas, régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses, y riesgos para la Junta de Gobierno.

Control de gestión y presupuestario

Implantamos sistemas de control presupuestario y hacemos el seguimiento del presupuesto con análisis de desviaciones. Incluye el control de la liquidez y de los gastos financieros, el análisis de ratios y de masas patrimoniales y la asignación de responsables por objetivos.

Revisión de procesos y mejora continua

Analizamos los procesos operativos y administrativos, rediseñamos los flujos de trabajo y definimos procedimientos e indicadores de rendimiento para mejorar la eficacia y la eficiencia.

Cómo trabajamos

  1. 01

    Reunión inicial y alcance

    Definimos con la dirección o el órgano de gobierno los objetivos, las áreas que se revisarán y el calendario, y analizamos las incompatibilidades si ya somos sus auditores. Se cierra en una o dos semanas.

  2. 02

    Recopilación de información y entrevistas

    Revisamos la documentación interna y nos entrevistamos con los responsables de cada área.

  3. 03

    Análisis por áreas

    Evaluamos los procesos, el control interno, el gobierno, la transparencia, el cumplimiento legal y los sistemas de información frente a buenas prácticas e indicadores.

  4. 04

    Borrador de diagnóstico

    Comentamos los hallazgos con la dirección para confirmar los hechos y valorar si las recomendaciones son viables.

  5. 05

    Informe final y plan de acción

    Entregamos el informe con las recomendaciones priorizadas, los responsables y los plazos propuestos. Lo presentamos al órgano de gobierno si nos lo pide.

  6. 06

    Seguimiento

    Si lo desea, hacemos un seguimiento periódico de la implantación de las mejoras y del control presupuestario, con informes de desviaciones.

Documentación y entregables

Qué le pediremos

  • Estatutos, reglamentos internos y, en su caso, código deontológico
  • Actas de los órganos de gobierno de los dos últimos ejercicios
  • Organigrama, descripción de puestos y delegaciones de funciones
  • Cuentas anuales e informes de auditoría recientes
  • Presupuestos y liquidaciones presupuestarias
  • Manuales de procedimientos y políticas internas
  • Contratos, convenios y subvenciones relevantes
  • Registro de actividades de tratamiento y documentación de protección de datos
  • Memoria anual y contenidos del portal de transparencia, si los hay
  • Indicadores de gestión o cuadro de mando existentes

Qué recibirá

  • Informe de diagnóstico de gestión con fortalezas, debilidades y riesgos por área
  • Plan de acción priorizado, con responsables y plazos propuestos
  • Mapa de riesgos y responsabilidades de los órganos de gobierno
  • Modelo de control presupuestario y cuadro de mando con indicadores
  • Informes periódicos de seguimiento y desviaciones, si se contratan

Preguntas frecuentes

La auditoría de cuentas, regulada por la Ley 22/2015, opina sobre si las cuentas anuales expresan la imagen fiel. La auditoría de gestión evalúa cómo se gestiona la organización: procesos, controles, gobierno y presupuesto. No da una opinión sobre las cuentas y su informe no puede presentarse como informe de auditoría (art. 2.5 RLAC).

Con carácter general, no. Pero muchas entidades tienen obligaciones que el diagnóstico ayuda a cumplir. Por ejemplo, los colegios profesionales deben publicar una memoria anual en el primer semestre (art. 11 Ley 2/1974), y las entidades privadas que reciben ciertas cuantías de ayudas públicas están sujetas a la Ley 19/2013 de transparencia.

Depende del alcance. La Ley de Auditoría considera incompatibles con la auditoría la auditoría interna y el diseño de controles internos sobre la información financiera, salvo que la entidad asuma la responsabilidad del control interno y así conste en el contrato (art. 16.1.b) LAC y arts. 49 y 51 RLAC). Antes de aceptar analizamos cada caso y, si hay incompatibilidad, se lo decimos.

Les da una visión independiente del estado de la gestión, con los puntos fuertes que conviene consolidar y los débiles que hay que corregir. Los miembros de los órganos de gobierno responden de la gestión de la entidad, así que detectar a tiempo riesgos de transparencia, legalidad o protección de datos reduce sus posibles responsabilidades.

Depende del tamaño de la entidad y de las áreas revisadas. Como orientación, un diagnóstico de una entidad mediana suele llevar entre cuatro y ocho semanas desde la reunión inicial hasta el informe final. El seguimiento del control presupuestario puede ser mensual o trimestral.

Es el proceso de fijar objetivos económicos, asignar responsables, comparar periódicamente los resultados reales con los previstos y corregir las desviaciones. Diseñamos el presupuesto y los informes de seguimiento, establecemos indicadores de liquidez, de gastos financieros y de rentabilidad, y formamos a su equipo para que pueda mantener el sistema.

Sí. El informe va dirigido a la dirección o al órgano de gobierno que lo encarga, y la información que nos facilita se trata con confidencialidad y conforme a la normativa de protección de datos. Usted decide si comparte el informe con terceros, como entidades financieras o inversores.

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