Novedades del ICAC para las auditorías de 2025 y 2026: NIA-ES 260 y 700, impuesto sobre sociedades y BOICAC

Profesionales tomando notas alrededor de una mesa de reuniones
En resumenPara las auditorías de los ejercicios 2025 y 2026, el ICAC ha publicado dos cambios ya obligatorios: la NIA-ES 260 y la NIA-ES 700 revisadas (Resolución de 17/07/2025), sobre independencia y comunicación, y una modificación de varias NIA-ES de informe (Resolución de 22/01/2026) por la nueva mención al informe relativo al impuesto sobre sociedades. La NIA-ES 570 revisada, sobre empresa en funcionamiento, está todavía en información pública y no se ha aprobado.

Las normas técnicas de auditoría cambian con frecuencia y, aunque se dirigen al auditor, tienen efectos visibles para la empresa auditada: en el informe que recibe, en las comunicaciones con el órgano de administración y en la documentación que se le pide. En este artículo resumimos qué ha publicado el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para las auditorías de 2025 y 2026 y qué notará su empresa.

Qué ha cambiado en las normas de auditoría

En este periodo, las novedades con más efecto sobre el trabajo del auditor y sobre el informe han llegado por las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para su aplicación en España (NIA-ES), que el ICAC publica mediante resolución en el BOE.

Norma Resolución del ICAC BOE Desde cuándo se aplica A quién afecta
NIA-ES 260 (Revisada) y NIA-ES 700 (Revisada) 17/07/2025 Núm. 177, de 24/07/2025 Auditorías de ejercicios iniciados desde el 01/01/2025 y, en todo caso, trabajos contratados desde el 01/01/2026 Todas las auditorías; cambios de fondo centrados en entidades de interés público
Modificación de las NIA-ES 510, 570, 600, 700, 705, 706, 710 y 720 22/01/2026 Núm. 27, de 30/01/2026 Cuentas de ejercicios iniciados desde el 22/06/2025 y trabajos contratados desde el 01/01/2026 Estructura de los modelos de informe; mención al informe relativo al impuesto sobre sociedades
NIA-ES 570 (Revisada 2024), Empresa en funcionamiento 16/07/2026 (información pública) Núm. 192, de 07/08/2026 Sin fecha: no está aprobada Todas las auditorías, cuando se apruebe

NIA-ES 260 y 700 revisadas: independencia y comunicación

La Resolución del ICAC de 17/07/2025 publicó nuevas versiones de la NIA-ES 260 (comunicación con los responsables del gobierno de la entidad) y de la NIA-ES 700 (formación de la opinión y emisión del informe). Recogen cambios limitados del Código de Ética del IESBA sobre independencia y su divulgación pública en las entidades de interés público. Los párrafos incompatibles con la normativa española aparecen como «suprimidos». Las nuevas versiones sustituyen a las publicadas por Resolución de 11/04/2024.

Para una pyme que no es entidad de interés público, el contenido de fondo cambia poco. Lo relevante es que su auditor debe aplicar las versiones actualizadas en las auditorías de los ejercicios 2025 y siguientes.

Nuevo apartado sobre el informe del impuesto sobre sociedades

La Resolución del ICAC de 22/01/2026 modificó ocho NIA-ES relacionadas con el informe de auditoría. El motivo es la obligación del art. 5.1.g) de la Ley de Auditoría de Cuentas: el auditor debe pronunciarse sobre el informe relativo al impuesto sobre sociedades que deben publicar determinadas empresas y sucursales. Es la transposición del llamado informe país por país público de la normativa europea, pensado para grupos multinacionales de gran tamaño.

La resolución añade a la NIA-ES 700 un apartado dentro del «Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios» y actualiza los modelos de informe. Se aplica a las cuentas de los ejercicios iniciados desde el 22/06/2025 y a los trabajos contratados desde el 01/01/2026.

¿Afecta a su pyme? La obligación de publicar ese informe solo alcanza a grupos y empresas de gran dimensión, por lo que casi ninguna pyme alicantina estará obligada. Lo que sí puede observar es que la estructura del informe de auditoría se ha actualizado.

NIA-ES 570 en información pública

El ICAC sometió a información pública, por Resolución de 16/07/2026 publicada en el BOE de 07/08/2026, la NIA-ES 570 (Revisada 2024) sobre empresa en funcionamiento, junto con modificaciones de concordancia en otras 22 NIA-ES. El plazo de alegaciones es de dos meses desde el día siguiente a la publicación. A la fecha de esta actualización no consta en la web del ICAC su aprobación definitiva, por lo que no es todavía una norma aplicable. Explicamos su contenido y cómo puede prepararse la dirección en nuestro artículo sobre la NIA-ES 570 revisada y la empresa en funcionamiento.

Consultas del ICAC publicadas en 2026

El ICAC publica sus consultas de contabilidad y auditoría en el Boletín del ICAC (BOICAC). En la web del Instituto figuran el BOICAC 144 (diciembre de 2025), el BOICAC 145 (abril de 2026) y el BOICAC 146 (julio de 2026). Según resúmenes publicados por fuentes especializadas, el BOICAC 145 incluye consultas de contabilidad de interés práctico para pymes, como el registro de una aportación no dineraria de un negocio entre sociedades controladas por las mismas personas o el tratamiento de los bienes destinados a muestras gratuitas. Recomendamos leer el texto oficial de cada consulta antes de aplicarla, porque los resúmenes pueden omitir matices relevantes.

Qué notará la empresa en su próximo informe

  • Estructura actualizada del informe, con el nuevo apartado sobre el informe relativo al impuesto sobre sociedades cuando proceda.
  • Comunicaciones con el órgano de administración conforme a la NIA-ES 260 revisada, especialmente en entidades de interés público.
  • Más atención a la empresa en funcionamiento, aunque la NIA-ES 570 revisada no esté aprobada: la tendencia internacional es exigir al auditor una evaluación más profunda de las previsiones de la dirección.
  • Carta de encargo actualizada: los trabajos contratados desde el 01/01/2026 deben reflejar las normas vigentes.

Recuerde que el auditor del ejercicio 2026 debe estar nombrado por la junta antes de que termine el ejercicio. Lo explicamos en el calendario de cuentas anuales y nombramiento del auditor. Y si duda de si su sociedad debe auditarse, consulte los umbrales vigentes de la auditoría obligatoria en 2026.

Preguntas frecuentes

¿Afecta a mi pyme el apartado del impuesto sobre sociedades?

Previsiblemente no en cuanto al fondo, porque la obligación de publicar ese informe se dirige a grupos de gran tamaño. Su auditor, no obstante, aplicará los modelos de informe actualizados.

¿Cambia el formato del informe de auditoría?

Cambia la estructura de algunos apartados, no la opinión ni su significado. Las secciones de opinión, fundamento y cuestiones clave o aspectos más relevantes se mantienen.

¿Ya se aplica la nueva NIA-ES 570?

No. A la fecha de esta actualización está en fase de información pública. Se aplica la NIA-ES 570 vigente, con la modificación de enero de 2026.

¿Dónde puedo consultar las consultas del ICAC?

En la sección de publicaciones BOICAC de la web del ICAC, de acceso libre.

Fuentes oficiales

Si quiere saber cómo afectan estas novedades a la auditoría de sus cuentas de 2025 o 2026, nuestro equipo de auditoría de cuentas anuales puede explicárselo. Somos auditores en Alicante, inscritos en el ROAC con el n.º S1604. Contacte con nosotros.

Artículo elaborado por el equipo técnico de Controlaudit. Actualizado el 08/10/2026. Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre su caso concreto.

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