Estado normativo a la fecha de esta actualización: norma en información pública, sin aprobación definitiva ni fecha de aplicación en España. Este artículo se actualizará cuando el ICAC publique la resolución de aprobación.
Pocas cuestiones preocupan tanto a un administrador como leer en el informe de auditoría una referencia a la empresa en funcionamiento. En un contexto de tensiones en sectores industriales de la provincia, conviene entender qué evalúa el auditor, qué puede cambiar con la nueva norma y qué puede preparar la dirección. Este artículo forma parte de nuestra serie sobre las novedades del ICAC y las NIA-ES para las auditorías de 2025 y 2026.
Estado de la NIA-ES 570 (Revisada 2024)
La Resolución del ICAC de 16/07/2026, publicada en el BOE núm. 192 de 07/08/2026, somete a información pública la NIA-ES 570 (Revisada 2024), «Empresa en funcionamiento», y las modificaciones de concordancia de otras 22 NIA-ES, entre ellas la 200, la 315, la 700, la 701, la 705 y la 706. Las alegaciones podían presentarse durante dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación, ante el ICAC o las corporaciones representativas de los auditores.
La resolución no fija fecha de entrada en vigor ni de aplicación. Tras el periodo de alegaciones, el ICAC deberá publicar una resolución de aprobación definitiva. A la fecha de esta actualización no consta ningún comunicado del ICAC de aprobación. Por tanto, hoy se aplica la NIA-ES 570 (Revisada) vigente, que fue modificada en enero de 2026 junto con otras normas de informe.
| Aspecto | Hoy (NIA-ES 570 vigente) | Cuando se apruebe la revisión (pendiente) |
|---|---|---|
| Situación | Obligatoria | Borrador en información pública; texto final y fecha por confirmar |
| Evaluación de la dirección | El auditor evalúa la valoración de la dirección sobre la capacidad de continuar | Previsiblemente, evaluación más exigente de métodos, hipótesis y datos, como en la norma internacional |
| Periodo considerado | El que establece la norma vigente | La norma internacional amplía el horizonte; el criterio español está por confirmar |
| Informe de auditoría | Sección específica si existe incertidumbre material | Previsiblemente, más transparencia sobre el trabajo realizado |
Qué es la empresa en funcionamiento en una auditoría
Las cuentas anuales se preparan, salvo prueba en contrario, bajo el principio de empresa en funcionamiento: se supone que la entidad seguirá operando en un futuro previsible. La dirección es responsable de valorar si ese principio es adecuado y de informar en la memoria de las incertidumbres significativas.
El auditor obtiene evidencia sobre si la utilización de ese principio es adecuada y si existe una incertidumbre material sobre la capacidad de la entidad para continuar. Las consecuencias en el informe dependen de la conclusión:
- Si existe una incertidumbre material y la memoria la describe adecuadamente, el informe incluye una sección específica sobre ella. No es una salvedad, pero sí una llamada de atención relevante para el lector.
- Si la memoria no la describe adecuadamente, el auditor puede expresar una opinión con salvedades o desfavorable.
- Si el principio de empresa en funcionamiento no es adecuado y las cuentas se han preparado con él, la opinión será desfavorable.
Qué refuerza la revisión internacional
La NIA-ES 570 (Revisada 2024) adapta la ISA 570 (Revised 2024) del IAASB, el organismo internacional que emite las normas de auditoría. Según el IAASB, la norma internacional se aplica a auditorías de periodos iniciados a partir del 15/12/2026 y refuerza cuatro aspectos:
- Valoración del riesgo más temprana y completa de los hechos o condiciones que puedan generar dudas.
- Evaluación de la valoración de la dirección en todos los casos, analizando el método, las hipótesis y los datos, y el posible sesgo.
- Periodo de evaluación de al menos doce meses desde la fecha de aprobación de los estados financieros.
- Más transparencia en el informe de auditoría y en la comunicación con los responsables del gobierno de la entidad.
Advertencia importante: estos son los cambios de la norma internacional. Cómo los recoja el texto español definitivo, incluido el periodo de evaluación y su fecha de aplicación, está pendiente de la aprobación por el ICAC.
Normas afectadas por concordancia
La revisión no se limita a una norma. El proyecto modifica otras 22 NIA-ES, como las de objetivos generales del auditor (200), carta de encargo (210), documentación (230), identificación de riesgos (315), hechos posteriores (560), manifestaciones escritas (580) y todas las de informe (700, 701, 705, 706). Por eso, cuando se apruebe, previsiblemente cambiarán la carta de manifestaciones y la estructura del informe.
Qué puede preparar la dirección
Con independencia de la fecha de aplicación, la tendencia es clara: el auditor pedirá más soporte a las previsiones de la dirección. Lo útil es tenerlo preparado antes del cierre:
- Previsión de tesorería de, como mínimo, los doce meses siguientes, con hipótesis explícitas y conciliada con el presupuesto.
- Calendario de deuda: vencimientos, covenants y renovaciones de pólizas.
- Análisis de sensibilidad: qué pasa si caen las ventas, se pierde un cliente o sube el coste financiero.
- Plan de viabilidad si hay pérdidas recurrentes o tensiones de liquidez, con medidas concretas y responsables.
- Información en la memoria coherente con todo lo anterior.
Si la situación se agrava, la Ley 16/2022, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, ofrece herramientas preconcursales como la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores y los planes de reestructuración, aplicables incluso en situación de probabilidad de insolvencia. Y recuerde que el deudor debe solicitar el concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer su insolvencia actual (art. 5.1 del texto refundido). Estas decisiones requieren asesoramiento jurídico específico.
En la provincia de Alicante, la industria manufacturera perdió valor añadido en 2025, según la panorámica de la Cámara de Comercio de Alicante y CaixaBank recogida en prensa. Analizamos las señales de alerta del calzado en nuestra guía sobre la crisis del calzado en Elche y Elda.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una incertidumbre material sobre la empresa en funcionamiento?
Es una incertidumbre sobre hechos o condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para seguir operando y cuya magnitud e impacto potencial hacen necesario informar de ella en la memoria y en el informe de auditoría.
¿Una sección de empresa en funcionamiento en el informe es una salvedad?
No, si la incertidumbre está adecuadamente descrita en la memoria: la opinión puede ser favorable con esa sección específica. Si la información de la memoria es insuficiente, sí puede dar lugar a una salvedad. Cada caso exige el juicio del auditor.
¿Cuándo se aplicará la nueva NIA-ES 570 en España?
No se sabe todavía. Lo fijará la resolución de aprobación definitiva del ICAC, que a la fecha de esta actualización no se ha publicado.
¿Necesito un plan de viabilidad para que el auditor no incluya esa sección?
Un plan no garantiza ninguna conclusión del auditor, pero unas previsiones sólidas y documentadas le permiten evaluar con fundamento la valoración de la dirección. Lo decisivo es que el plan sea realista y verificable.
Fuentes oficiales
- BOE-A-2026-17276: Resolución ICAC de 16/07/2026, NIA-ES 570 (Revisada 2024) en información pública
- BOE-A-2026-2234: Resolución ICAC de 22/01/2026, modificación de NIA-ES de informe
- ICAC: comunicados
- IAASB: ISA 570 (Revised 2024), nota de publicación
- Ley 16/2022, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal (BOE)
- Texto refundido de la Ley Concursal, consolidado (BOE)
Si su empresa atraviesa tensiones de liquidez o quiere llegar al cierre con unas previsiones que resistan la revisión del auditor, podemos ayudarle a preparar un plan de viabilidad sólido. Si somos sus auditores, antes de aceptar cualquier servicio adicional analizaremos las incompatibilidades que establece la normativa de auditoría; en ese caso, nuestro papel será evaluar sus previsiones dentro de la auditoría de cuentas anuales. Para dudas sobre la obligación de auditarse, consulte los umbrales de auditoría obligatoria en 2026. Contacte con nosotros.
Artículo elaborado por el equipo técnico de Controlaudit. Actualizado el 08/10/2026. Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre su caso concreto.
