Albacete · Castilla-La Mancha ROAC S1604

Auditores en Albacete

Auditoría de cuentas anuales, de cooperativas y de subvenciones para empresas y entidades de la provincia de Albacete, con la normativa de Castilla-La Mancha como referencia.

En resumenControlaudit Auditores Certificados, S.L. es una sociedad de auditoría inscrita en el ROAC con el n.º S1604 y domicilio en Alicante. Trabajamos con empresas industriales, cooperativas agrarias y vitivinícolas y beneficiarios de ayudas de la provincia de Albacete. El encargo se coordina en gran parte a distancia y el equipo se desplaza a Albacete y a sus comarcas para inventarios, reuniones y trabajo de campo cuando es necesario.

Revisado por el equipo de auditores de Controlaudit · Sociedad inscrita en el ROAC n.º S1604 · Actualizado el 13/10/2026

Cómo trabajamos con empresas de Albacete

Normativa de Castilla-La Mancha

Las cooperativas de Albacete no se rigen por la ley valenciana sino por la Ley 11/2010 de Castilla-La Mancha, con plazos y supuestos de auditoría propios. Trabajamos con ese marco desde la planificación.

Corredor bien comunicado

Alicante y Albacete están unidas por autovía y por ferrocarril de alta velocidad, lo que facilita las visitas a Albacete, Almansa, Hellín o Villarrobledo.

Visitas concentradas

Agrupamos en pocas jornadas el trabajo presencial (recuentos, revisión de inmovilizado, reuniones con la dirección) y el resto lo hacemos a distancia para no interferir en su actividad.

Plazos de cooperativa

Ajustamos el calendario a la formulación en tres meses, a la aprobación por la asamblea y al depósito en el Registro de Cooperativas en los dos meses siguientes.

¿Cuándo necesita un auditor en Albacete?

  • Su sociedad supera los límites de tamaño. Están obligadas las sociedades que, durante dos ejercicios consecutivos, superen dos de estos límites: 2.850.000 € de activo, 5.700.000 € de cifra de negocios o 50 trabajadores (art. 263.2 LSC). Más información →
  • Cooperativa con secciones. En Castilla-La Mancha, toda cooperativa que tenga alguna sección debe someter sus cuentas a auditoría externa y depositarlas con el informe en el Registro de Cooperativas (art. 9.1 Ley 11/2010). Más información →
  • Cooperativa sin obligación legal. Aunque la ley no la exija, la auditoría procede si lo prevén los estatutos, si la acuerda la asamblea o el órgano de administración, o si la piden los socios que pueden convocar la asamblea dentro de los tres meses siguientes al cierre (art. 96.1). Más información →
  • Cooperativa de viviendas. Mientras no se adjudiquen las viviendas, deben auditarse si tienen en promoción más de veinte viviendas y locales, varias fases o bloques, o si han otorgado poderes de gestión a terceros (art. 140). Más información →
  • Ayudas de la Junta o fondos europeos. Si recibe más de 600.000 € en subvenciones en un ejercicio debe auditar sus cuentas (DA 2.ª RLAC). Y, cuando las bases lo exigen, la justificación de cada ayuda requiere informe de auditor ROAC. Más información →
  • Inversiones industriales y operaciones corporativas. Valoraciones, due diligence y planes de viabilidad para compraventas, entrada de socios o refinanciaciones de empresas industriales y energéticas. Más información →

Normativa de Castilla-La Mancha que tenemos en cuenta

Además de la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas y del Real Decreto 2/2021, en la provincia de Albacete hay que tener en cuenta la normativa de Castilla-La Mancha:

  • Cooperativas: la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha, regula la auditoría en su art. 96: obligación cuando lo exige la legislación aplicable y, en los demás casos, por estatutos, acuerdo social o solicitud de los socios; designación por la asamblea antes de que termine el ejercicio, por tres a nueve años si la auditoría es obligatoria. Las cooperativas con secciones se auditan siempre (art. 9.1) y las de viviendas tienen supuestos propios (art. 140). Las cuentas se formulan en tres meses desde el cierre (art. 85.2) y se depositan en el Registro de Cooperativas en los dos meses siguientes a su aprobación (art. 95.2). No auditar cuando es obligatorio es infracción muy grave (art. 160.5.c). La Ley 4/2017 añadió un régimen específico para microempresas cooperativas y cooperativas rurales.
  • Control externo: la Sindicatura de Cuentas fue suprimida por la Ley 1/2014. La Ley 7/2021 creó la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, que fiscaliza el sector público regional y local y puede extender su control a los beneficiarios de ayudas públicas y a los adjudicatarios de contratos (art. 2).
  • Subvenciones: las ayudas de la Junta de Comunidades se rigen por su normativa autonómica de subvenciones y por las bases de cada convocatoria, que indican si la justificación exige informe de auditor.

Sectores

Auditoría adaptada a la economía de Albacete

Cuchillería y metal

Fabricantes de cuchillería y herramientas de corte de Albacete: valoración de existencias con muchas referencias, costes de producción, marcas y ventas a distribuidores y exportación.

Aeronáutica e industria auxiliar

Empresas vinculadas a la industria aeronáutica del entorno de Albacete: contratos de larga duración, reconocimiento de ingresos por grado de avance, trazabilidad de componentes y requisitos de clientes internacionales.

Vino y cooperativas agrarias

Bodegas y cooperativas de La Manchuela, Almansa y Villarrobledo: liquidaciones a socios, existencias de vino a granel y embotellado, secciones de cooperativa y ayudas agrarias.

Agroalimentario

Industria agroalimentaria de la provincia (cereal, queso y otros productos): campañas, costes de materias primas y contratos con productores.

Energías renovables

Sociedades titulares de parques eólicos y fotovoltaicos: activación de costes, amortización, provisiones por desmantelamiento, financiación de proyectos y valoración de los activos.

Calzado y manufactura de Almansa

Empresas de calzado y componentes: existencias de temporada, dependencia de clientes y, en su caso, evaluación de la empresa en funcionamiento.

Trabajamos con entidades de Albacete capital y de toda la provincia: Hellín y la comarca de Campos de Hellín, Villarrobledo, La Roda y La Mancha del Júcar, Almansa y Caudete, La Manchuela (Casas-Ibáñez, Madrigueras, Mahora), Tobarra y la Sierra del Segura.

Preguntas frecuentes

Auditores en Albacete: lo que más nos preguntan

No. Nuestra única oficina está en Alicante (Avda. Maisonnave, 30, 1.º B). Trabajamos con clientes de toda España: la mayor parte del encargo se coordina a distancia y el equipo se desplaza a Albacete cuando hace falta trabajo presencial.

Sí. Aplicamos la Ley 11/2010: auditoría del art. 96, obligación de las cooperativas con secciones (art. 9.1), supuestos de las cooperativas de viviendas (art. 140) y depósito de cuentas en el Registro de Cooperativas en dos meses desde la aprobación (art. 95.2).

Según el art. 9.1 de la Ley 11/2010, las cooperativas que dispongan de alguna sección están obligadas a auditar sus cuentas anuales y a depositar la auditoría en el Registro, con independencia de su tamaño. Conviene confirmar en los estatutos y en el Registro si la sección está constituida como tal.

Sí. En bodegas, almacenes de cereal o fábricas con existencias relevantes asistimos al recuento físico. Lo programamos con antelación según la fecha de cierre y la campaña.

No. Se suprimió por la Ley 1/2014. Hoy el órgano de control externo es la Cámara de Cuentas, creada por la Ley 7/2021, que puede fiscalizar también a beneficiarios de ayudas públicas de la Junta.

Sí, cuando las bases de la convocatoria lo prevén. Revisamos la cuenta justificativa conforme al art. 74 del RD 887/2006 y a la Orden EHA/1434/2007, con el modelo de informe que exija el órgano concedente.

Sí. En estas sociedades revisamos en especial la activación de costes del proyecto, la provisión por desmantelamiento, la financiación y el cumplimiento de las condiciones de los préstamos, y la valoración de los activos.

¿Necesita un auditor en Albacete?

Cuéntenos su caso y un auditor de la firma se pondrá en contacto con usted.